Adoptar un perro PPP: licencia, seguro y requisitos
2 de octubre de 2026
Para adoptar un perro PPP (potencialmente peligroso) en España necesitas la licencia municipal antes de llevártelo a casa. Te la da tu ayuntamiento si eres mayor de edad, no tienes determinados antecedentes penales, tienes el certificado de capacidad física y aptitud psicológica y un seguro de responsabilidad civil de al menos 120.000 € (más en algunas comunidades). Después, inscribes al perro en el Registro municipal de PPP y en la calle lo llevas siempre con bozal y correa corta.
Es más papeleo que una adopción normal, pero se hace. Te contamos qué perros son PPP, qué pide la ley hoy, qué está pendiente y cómo organizarte con la protectora.
¿Qué perros son PPP en España?
La norma estatal es el Real Decreto 287/2002, que desarrolla la Ley 50/1999 sobre animales potencialmente peligrosos. Considera PPP a tres grupos de perros.
1. Las razas del anexo I y sus cruces:
- Pit Bull Terrier (el «pitbull»)
- Staffordshire Bull Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
2. Los perros que reúnen todas o la mayoría de las características del anexo II, aunque no sean de esas razas. Entre otras: musculatura fuerte y aspecto robusto, pelo corto, perímetro torácico de 60 a 80 cm, altura a la cruz de 50 a 70 cm, más de 20 kg, cabeza voluminosa y mandíbulas grandes. Quedan fuera los perros guía y de asistencia acreditados.
3. Cualquier perro con un carácter marcadamente agresivo o que haya protagonizado agresiones, sea de la raza que sea. Lo decide la autoridad competente con informe de un veterinario.
Lo del anexo II importa en adopción: un mestizo que no es de ninguna raza de la lista puede ser PPP si encaja en esas características. Pregunta siempre a la protectora si el perro está registrado como PPP.
Tu comunidad autónoma puede pedir más
Las comunidades pueden ampliar la lista y endurecer los requisitos. Dos ejemplos:
- Andalucía (Decreto 42/2008): añade el dóberman y exige un seguro de al menos 175.000 € por siniestro, un curso de adiestramiento básico impartido por adiestradores acreditados (puede organizarlo, entre otros, un colegio oficial de veterinarios) y una correa de 1 metro como máximo.
- Cataluña (Ley 10/1999 y Decreto 170/2002): añade el bullmastiff, el dóberman, el dogo de Burdeos, el mastín napolitano y el presa canario, además de los perros adiestrados para el ataque y la defensa. El seguro mínimo es de 150.253,03 € por siniestro. El Ayuntamiento de Rubí explica que el registro catalán de animales de compañía trata también como PPP al american bully, aunque no figure en la ley.
Antes de empezar, consulta la normativa de tu comunidad y la ordenanza de tu municipio.
¿La ley de bienestar animal ha cambiado algo de los PPP?
De momento, no. La Ley 7/2023 de bienestar animal no habla de perros potencialmente peligrosos ni modifica su normativa. Y en el BOE, ni la Ley 50/1999 ni el Real Decreto 287/2002 tienen cambios recientes: el real decreto se modificó por última vez en 2007.
Lo que hay es un proyecto de reglamento de la Ley 7/2023 que sí cambiaría las reglas de los PPP. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 lo sacó a audiencia pública en junio de 2025, y en marzo de 2026 notificó una versión revisada a la Comisión Europea (procedimiento TRIS 2026/0118/ES). Según ese último borrador:
- Serían PPP los perros de las razas de la lista y sus cruces, a partir de los 12 meses, que no hayan superado una prueba de aptitud hecha por un profesional del comportamiento registrado.
- Desaparecería el anexo II, el de las características físicas.
- El seguro mínimo de los PPP subiría de 120.000 € a 150.000 €.
- Solo podrían criar los perros que hayan superado la prueba.
A 2 de octubre de 2026 ese real decreto no se ha publicado en el BOE, así que no se aplica. Y aunque se aprobara mañana, el borrador prevé que entre en vigor seis meses después de publicarse. Hoy rige lo de siempre: lista, licencia, seguro de 120.000 € (o lo que pida tu comunidad) y registro. El texto final todavía puede cambiar.
El curso y el seguro que la Ley 7/2023 prevé para todos los perros también dependen de ese reglamento. Te lo contamos en qué pasa con el curso obligatorio para tener perro y en el seguro de responsabilidad civil para perros. Si adoptas un PPP, el seguro ya es obligatorio por su normativa específica.
Requisitos para sacar la licencia PPP
La licencia la concede el ayuntamiento donde vives. Según el Real Decreto 287/2002, necesitas:
- Ser mayor de edad.
- No tener condenas por homicidio, lesiones, torturas, delitos contra la libertad, la integridad moral, la libertad sexual o la salud pública, ni por asociación con banda armada o narcotráfico. Tampoco puedes estar privado por un juez del derecho a tener PPP. Se acredita con el certificado de antecedentes penales. En algunos ayuntamientos, como el de Majadahonda, basta con autorizarles a pedirlo por ti.
- No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves de esta normativa con sanciones accesorias.
- Certificado de capacidad física y aptitud psicológica. Lo emiten centros de reconocimiento autorizados, normalmente los mismos que hacen el psicotécnico del carné de conducir. Lo pagas tú y, para el trámite, vale un año desde que te lo dan.
- Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.000 €, o la que fije tu comunidad.
Además, normalmente te pedirán el DNI o NIE, el impreso de solicitud y el pago de la tasa municipal. La licencia dura cinco años y se puede renovar.
Un detalle que se olvida: quien pasee al perro también necesita licencia. El Real Decreto 287/2002 obliga a la persona que lo lleva por la calle a llevar encima la licencia, y la norma catalana lo dice expresamente. Si tu pareja o tu hijo mayor de edad van a sacarlo, también tendrán que tramitarla. Confirma en tu ayuntamiento cómo lo aplica.
Cómo adoptar un PPP en una protectora, paso a paso
- Conoce al perro. Habla con la protectora, pregunta cómo se lleva con personas, perros, gatos y niños, y si está registrado como PPP por raza o por el anexo II.
- Pide los datos del perro. Número de microchip, raza o cruce y cartilla sanitaria. Te harán falta para el seguro (en Cataluña, la póliza tiene que llevar el número de identificación del perro). Algunos ayuntamientos, como Majadahonda, piden además la cartilla con la solicitud.
- Pide cita para el psicotécnico en un centro de reconocimiento.
- Consigue el certificado de antecedentes penales o la autorización para que lo consulte el ayuntamiento.
- Contrata el seguro. Revisa que cubra expresamente a perros PPP y llegue al mínimo de tu comunidad.
- Solicita la licencia en tu ayuntamiento y paga la tasa. Los plazos de respuesta varían, así que pregunta.
- Firma la adopción. La protectora te pedirá la licencia: entregar un PPP a alguien sin ella es una infracción muy grave.
- Inscribe al perro en el Registro municipal de PPP en los 15 días siguientes a obtener la licencia. En algunos ayuntamientos se pide a la vez que la licencia. Si se pierde, te lo roban, muere o lo traspasas, también hay que comunicarlo al Registro.
Por eso conviene coordinar licencia y adopción con la protectora desde el principio. Los requisitos generales de cualquier adopción (contrato, visita, donativo) los tienes en requisitos para adoptar un perro o un gato.
Bozal, correa y normas en la calle
El Real Decreto 287/2002 fija unas medidas mínimas que se aplican en toda España:
- Lleva siempre encima la licencia y el certificado de inscripción del perro en el Registro.
- Bozal adecuado a su raza en lugares públicos.
- Correa o cadena no extensible de menos de 2 metros (en Andalucía, de 1 metro como máximo).
- Un solo PPP por persona cuando lo paseas.
- En un patio, terraza, parcela o finca tiene que estar atado, salvo que el espacio tenga un cerramiento adecuado para proteger a quien se acerque.
- Si se pierde o te lo roban, comunícalo al Registro municipal en un máximo de 48 horas. En Andalucía, denúncialo ante un agente de la autoridad en 24 horas.
Tu comunidad o tu ayuntamiento pueden añadir normas propias. En Andalucía, por ejemplo, los PPP no pueden entrar en lugares de ocio de menores. Para elegir un bozal que le permita jadear y beber, consulta con tu veterinario o un educador canino.
¿Cuánto cuesta la licencia PPP?
No hay un precio único: depende de tu municipio y de las empresas que elijas. Estos son los gastos:
- Tasa municipal de la licencia. Cambia en cada ayuntamiento. Por ejemplo, en Majadahonda es de 21,30 €. Mira la de tu ordenanza fiscal.
- Certificado de capacidad física y aptitud psicológica. Pregunta el precio en dos o tres centros.
- Seguro anual. Varía según la compañía, la cobertura y el perro. Compara varias pólizas.
- Bozal y correa, y en algunas comunidades, como Andalucía, el curso de adiestramiento.
- El donativo de adopción de la protectora, que suele cubrir parte del microchip, las vacunas y, a menudo, la esterilización. Te lo explicamos en cuánto cuesta adoptar un perro o un gato.
Lo que sí sale caro es saltarse el trámite. Según la Ley 50/1999, tener un PPP sin licencia es una infracción muy grave, con multas de 2.404,06 a 15.025,30 €. Llevarlo sin bozal o no inscribirlo en el Registro son infracciones graves, de 300,52 a 2.404,05 €. Algunas comunidades tienen su propio régimen de sanciones.
¿Es buena idea adoptar un PPP?
Puede serlo, como con cualquier perro, si ese perro encaja contigo. Para la ley, un perro de la lista o del anexo II es PPP por su raza o por su físico, no por cómo se comporta. La propia Ley 50/1999 reconoce en su preámbulo que perros de razas que se podrían ver como «peligrosas» son aptos para convivir en paz si se les han inculcado buenas pautas de comportamiento.
La protectora conoce bien a cada perro: te dirá si es tranquilo, si convive con otros animales o si necesita una familia con experiencia. Si lo único que te frena es el papeleo, ya has visto que son pasos claros. Para empezar a mirar, filtra los perros grandes en adopción.
Para la llegada a casa, tienes ideas en qué hacer los primeros días con un perro adoptado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo adoptar un PPP sin tener aún la licencia?
Puedes conocer al perro y hablar con la protectora, pero no llevártelo. La ley exige la licencia antes de tenerlo, y la protectora no puede entregártelo sin ella.
¿Mi pareja puede pasearlo con mi licencia?
No. Quien lo lleve por la calle tiene que llevar encima su propia licencia y el certificado de inscripción del perro. Confirma los detalles en tu ayuntamiento.
Si el perro es un cruce, ¿también necesito licencia?
Sí, si es cruce de una raza de la lista o si reúne todas o la mayoría de las características del anexo II. Pregunta a la protectora cómo está registrado y confírmalo con tu ayuntamiento.
¿Han quitado ya la lista de razas PPP?
No. A octubre de 2026 la lista sigue vigente. El último borrador del reglamento propone que los perros de la lista dejen de ser PPP si superan una prueba de aptitud, pero no está aprobado.
¿Cuánto dura la licencia PPP?
Cinco años, renovable por periodos iguales. Para renovarla tienes que volver a cumplir los requisitos, incluido un certificado de capacidad física y aptitud psicológica nuevo.
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