Requisitos para adoptar un perro o un gato en España
2 de octubre de 2026
Para adoptar un perro o un gato en España tienes que ser mayor de edad, identificarte con tu DNI o NIE y firmar un contrato de adopción con una protectora o un centro público de protección animal. Antes, lo habitual es que te pidan un cuestionario y una entrevista, y algunas protectoras visitan tu casa. Si vives de alquiler, tu contrato no debe prohibir animales: lo más seguro es tener el permiso del casero por escrito.
Esta guía va de requisitos, papeles y leyes. Si todavía estás pensando si es buen momento para tener un animal, empieza por qué tener en cuenta antes de adoptar una mascota.
Qué necesitas para adoptar un perro o un gato
- Ser mayor de edad. Vas a firmar un contrato y a responder del animal.
- Un documento de identidad: DNI, NIE o pasaporte.
- Una vivienda donde se admitan animales. Si es de alquiler, que el contrato no lo prohíba o que el casero esté de acuerdo.
- Pasar el proceso de la protectora: cuestionario, entrevista y, a veces, visita a casa y seguimiento.
- Firmar el contrato de adopción y, si te lo piden, compensar los gastos veterinarios.
- Una licencia municipal, solo si adoptas un perro considerado potencialmente peligroso.
Ninguna ley estatal te exige tener jardín, una casa grande o experiencia previa. Pero la protectora sí te preguntará por tu casa, tu tiempo y tu rutina, porque busca la familia que encaja con cada animal.
¿Por qué hay que ser mayor de edad?
La ley estatal de bienestar animal no fija una edad mínima para adoptar. La exigencia viene del contrato: quien lo firma asume obligaciones legales, y por eso las protectoras piden que sea mayor de 18 años.
Si eres menor y en casa queréis adoptar, lo normal es que firme tu madre, tu padre o tu tutor, que figurará como responsable del animal. Alguna comunidad lo deja por escrito: la ley valenciana de animales de compañía prohíbe la venta o donación de animales a menores de 18 años sin autorización de quien tenga su patria potestad o custodia.
El proceso de adopción, paso a paso
Cada protectora tiene su forma de trabajar, pero el camino suele parecerse a este.
1. Solicitud y cuestionario
Te preguntarán cómo es tu vivienda, quién vive contigo y si todos estáis de acuerdo, cuántas horas pasaría solo el animal, quién lo cuidaría en vacaciones y si tienes otros animales.
Contesta con sinceridad. No hay respuestas buenas o malas: con esa información la protectora te orienta hacia el animal que mejor encaja contigo, que no siempre es el de la foto que te enamoró.
2. Entrevista y conocer al animal
Después viene una charla por teléfono, videollamada o en persona, y la visita al refugio o a la casa de acogida donde vive el animal. Si ya tienes perro, muchas protectoras proponen que se conozcan antes. Aprovecha para preguntar por su carácter, su salud y cómo lleva quedarse solo.
3. Visita a tu casa (no siempre)
Algunas protectoras visitan la vivienda o te piden fotos o un vídeo. Con los gatos es habitual que comprueben que ventanas y balcones tienen redes o mallas para evitar caídas. Con los perros, que no haya huecos por donde escaparse.
4. Firma del contrato de adopción
Toda adopción tiene que ir con contrato. Según el artículo 58 de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, solo pueden dar animales en adopción los centros públicos de protección animal y las entidades de protección animal registradas. Y deben entregarlos:
- Identificados con microchip.
- Esterilizados, o con un compromiso de esterilización si todavía no se pueden operar.
- Con los tratamientos veterinarios obligatorios hechos.
- Con la información que tengan sobre su origen y un certificado del veterinario del centro con los tratamientos y cuidados que necesita.
En el contrato figuran tus compromisos, que cambian de una protectora a otra: por ejemplo, cuidarlo y darle atención veterinaria, no cederlo a otra persona sin su permiso o aceptar el seguimiento. Léelo con calma, fíjate en qué pasa si un día no puedes quedártelo, pregunta lo que no entiendas y quédate con una copia.
¿Existe un contrato «oficial»? Todavía no. La ley dice que su contenido mínimo se fijará por reglamento. El Ministerio de Derechos Sociales publicó en junio de 2025 un borrador de reglamento con unas cláusulas mínimas, entre ellas una declaración de que no estás inhabilitado para tener animales. A octubre de 2026, ese reglamento no se ha publicado en el BOE.
5. El donativo o compensación de gastos
Adoptar no es comprar. La ley dice que la adopción no puede ser una transacción comercial, aunque la protectora puede pedirte que compenses los gastos veterinarios básicos, como vacunas, microchip, esterilización o desparasitación.
La cantidad cambia de una protectora a otra. Pregunta qué cubre, pide que conste en el contrato y guarda el justificante. Lo explicamos en cuánto cuesta adoptar un perro o un gato.
Desconfía si te piden dinero por adelantado por un animal que no has visto, sobre todo si es «solo para el transporte». En nuestras preguntas frecuentes sobre la adopción te contamos cómo evitar estos fraudes.
6. Entrega, cambio de titular y seguimiento
El microchip tiene que pasar a tu nombre en el registro de animales de compañía de tu comunidad autónoma. Pregunta quién hace el trámite y comprueba después que el animal ya figura a tu nombre.
Luego llega el seguimiento: llamadas, fotos o alguna visita los primeros meses. Los centros públicos están obligados por ley a hacerlo, y muchas protectoras lo incluyen en el contrato. No es desconfianza: así pueden ayudarte si surge algún problema.
¿Puedo adoptar si vivo de alquiler?
Sí, siempre que tu contrato no lo prohíba. La Ley de Arrendamientos Urbanos deja que casero e inquilino pacten las condiciones del alquiler (artículo 4.2), así que el propietario puede incluir una cláusula que prohíba tener animales. Si la firmaste, tienes que respetarla.
Si el contrato no dice nada, no hay una prohibición expresa. Aun así, respondes de los daños que cause el animal, y la misma ley permite al casero resolver el contrato si en la vivienda hay actividades molestas, insalubres o peligrosas (artículo 27).
Lo más práctico:
- Revisa tu contrato antes de empezar el proceso de adopción.
- Pide permiso al casero por escrito, aunque el contrato no diga nada: vale un correo o un anexo. Muchas protectoras te lo pedirán.
- Mira los estatutos de tu comunidad de propietarios, por si tienen normas sobre animales.
Ha habido propuestas para limitar las cláusulas que prohíben animales en los pisos de alquiler, pero a octubre de 2026 no hay ninguna aprobada.
Lo que dice la Ley 7/2023 y te afecta como adoptante
La ley de bienestar animal está en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Una parte ya se aplica y otra espera a un reglamento que, a día de hoy, no se ha aprobado.
Lo que ya tienes que cumplir
- Identificación y registro. Debes mantener al animal identificado, comunicar los cambios de titular y avisar en un máximo de 48 horas si se pierde o te lo roban.
- No dejarlo solo demasiado tiempo. No puedes dejar a un animal de compañía sin supervisión más de tres días seguidos; a un perro, más de 24 horas seguidas. Puedes viajar si lo cuida un familiar o un profesional, como aclara el folleto de preguntas y respuestas del Ministerio.
- Nada de vivir en la terraza. Está prohibido tener a perros y gatos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos.
- Gatos esterilizados antes de los seis meses, salvo los reproductores de criadores registrados. Si adoptas un gatito, te lo darán esterilizado o con un compromiso de hacerlo. Consulta con tu veterinario el mejor momento.
- Responder de los daños que tu animal cause a personas, a otros animales o a cosas.
Lo que todavía no se exige
- El curso para tener perro. La ley prevé un curso gratuito y con validez indefinida, pero su contenido depende del reglamento, así que hoy no te lo pueden exigir para adoptar. Te lo contamos en el curso obligatorio para tener perro.
- El seguro de responsabilidad civil para todos los perros. La ley lo recoge, pero la cobertura mínima depende también del reglamento. La Dirección General de Derechos de los Animales y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones lo aclararon en una nota informativa de septiembre de 2023: no será obligatorio hasta entonces. Hoy solo lo es para los perros potencialmente peligrosos, salvo que lo pida una norma de tu comunidad o tu ayuntamiento. Pasa, por ejemplo, en el País Vasco, cuya ley lo exige para todos los perros. Aun así, es muy recomendable. Más detalles en el seguro de responsabilidad civil para perros.
Diferencias entre comunidades autónomas
La Ley 7/2023 fija unos mínimos para toda España, pero cada comunidad tiene su propia ley de protección animal y su registro de identificación. Además, los ayuntamientos pueden añadir normas en sus ordenanzas, como un censo municipal o tasas.
Un ejemplo: la ley de la Comunidad de Madrid dice que la adopción en los centros de protección animal será gratuita, aunque se puede cobrar al adoptante el coste de los tratamientos, la identificación y la esterilización. También obliga a informarte del estado de salud del animal y del coste estimado de los tratamientos que necesite. La ley valenciana prevé algo parecido en los centros municipales, que pueden cobrar esos costes mediante tasas.
Antes de adoptar, consulta la web de tu comunidad o pregunta en tu ayuntamiento qué tienes que hacer al llegar a casa con el animal. La protectora también suele saberlo.
Si el perro es potencialmente peligroso
Para adoptar un perro catalogado como potencialmente peligroso (PPP) necesitas además una licencia de tu ayuntamiento. Según el Real Decreto 287/2002, tienes que ser mayor de edad, no tener condenas por determinados delitos ni sanciones graves relacionadas con estos perros, acreditar capacidad física y aptitud psicológica con un certificado y contratar un seguro de responsabilidad civil de al menos 120.000 €. La licencia dura cinco años y se puede renovar.
Si no sabes si un perro es PPP, pregúntalo a la protectora y a tu ayuntamiento. Te lo explicamos con detalle en cómo adoptar un perro PPP.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentos necesito para adoptar?
Tu DNI, NIE o pasaporte. Algunas protectoras piden también un justificante de domicilio y, si vives de alquiler, el permiso del casero. Para un perro potencialmente peligroso, la licencia municipal.
¿Me pedirán el curso o el seguro para adoptar un perro?
El curso, hoy no: a octubre de 2026 no existe, porque el reglamento que lo pone en marcha sigue sin aprobarse. El seguro, hoy la ley solo lo exige si el perro es potencialmente peligroso o si lo pide tu comunidad (como el País Vasco) o tu ayuntamiento. Aun así, te conviene tenerlo desde el primer día.
¿La protectora me puede decir que no?
Sí. Decide a quién entrega cada animal y no está obligada a aceptar todas las solicitudes. Pregunta el motivo: a veces es por ese animal concreto y te pueden proponer otro que encaje mejor contigo.
¿Qué pasa si la adopción no sale bien?
Habla con la protectora cuanto antes; muchas veces hay solución. Si al final no puedes quedarte con el animal, mira qué dice tu contrato y no se lo des a otra persona sin hablarlo antes con la protectora. Abandonarlo está prohibido por ley.
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